XXXIII. Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado.

Todos los sujetos obligados deberán publicar la información relativa a cualquier convenio de coordinación que suscriban para lograr los objetivos de la planeación nacional del desarrollo. En el caso de los convenios de coordinación se deberán incluir de manera enunciativa más no limitativa, los convenios que, con base en la Ley de Coordinación Fiscal, se llevan a cabo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para ser parte del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal; los realizados para la fiscalización de recursos; para el desarrollo de programas educativos, de salud, de medio ambiente; entre otros.

Periodo de actualización: Trimestral
Unidad(es) Administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información:Departamento de Planeación y Evaluación

convenios de coordinación del 1° y ,2°Trimestre del 2022 y 1°, trimestre del 2023
Convenios de coordinación, de concertación con el sector social o privado
Año 1 er. trimestre 2 do. trimestre 3 er. trimestre 4 to. trimestre
2021 XLS XLS XLS XLS
2020 XLS XLS XLS XLS