XXXII. Padrón de proveedores y contratistas.

En cumplimiento a la presente fracción, los sujetos obligados deberán publicar un padrón con información relativa a las personas físicas y morales con las que celebren contratos de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y/o servicios relacionados con las mismas, que deberá actualizarse por lo menos cada tres meses.

NO APLICA

El SANNAFARM Vida Nueva no genera esta información por no estar especificado en sus facultades, competencias y funciones. Le corresponde a la Secretaría de la Contraloría conforme a lo establecido en el artículo 41 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche.